Regulación:
Este Comité está regulado en la Política de Seguridad de la Información de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 27 de junio de 2023.
Composición:
    - Presidente: Vicerrector/a competente en materia de seguridad de la información.
    - Secretario: Secretaria/o General.
		-Responsable de la Información
		-Responsable de los Servicios
		-Responsable del Sistema
		-Responsable de Seguridad de la Información
		-Delegada/o de Protección de Datos
    - Otros miembros no permanentes:
	-El Comité de Ciberseguridad podrá convocar a sus reuniones a los asesores u otros representantes de la universidad que se consideren oportunos o necesarios para los temas a tratar, con voz, pero sin voto.
	-Así mismo, el Comité podrá solicitar el asesoramiento de especialistas externos a la universidad que se considere necesario por su experiencia y vinculación con los asuntos tratados, con voz, pero sin voto.
Funciones:
    - Elaboración de la política de seguridad y su revisión periódica, velando por su cumplimiento.
    - Elaboración de la normativa de seguridad y su revisión periódica, velando por su cumplimiento.
    - Divulgación de la política y normativa de seguridad.
    - Aprobación de los procedimientos y directrices en materia de ciberseguridad.
    - Aprobación de otras normas, criterios y buenas prácticas en materia de adecuación y certificación de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS).
    - Coordinación de las actuaciones en materia de seguridad de la información para asegurar que estas sean consistentes y estén alineadas con lo establecido en el ENS y la Declaración de aplicabilidad de las medidas de seguridad.
    - Supervisión, coordinación y aprobación de las tareas de adecuación y seguimiento del ENS:
 -Valoración de la información y los servicios.
 -Categorización del sistema de información.
 -Análisis de riesgos.
 -Planes de mejora.
 -Auditorías.
- Certificación de conformidad con el ENS de los servicios prestados por la universidad.
- Aprobación y seguimiento de las iniciativas y objetivos estratégicos en ciberseguridad, velando por la disponibilidad de los recursos necesarios para su desarrollo e implantación.
- Aprobación previa de las propuestas e iniciativas en materia de ciberseguridad que requieran de su aprobación formal por el Consejo de Gobierno.
- Promoción de la formación y la concienciación en materia de ciberseguridad.